ISDE ha inaugurado el ciclo de conferencias La actualidad del Derecho a través de sus protagonistas, celebrado en su sede de Madrid. Alfredo Montoya Melgar, Magistrado del Tribunal Constitucional, fue el encargado de presidir la primera sesión con una reflexión y análisis sobre la dignidad en el trabajo ante un atento público formado por los estudiantes de Grado en Derecho y Máster en Abogacía Internacional, el claustro de profesores y profesionales del ámbito de las relaciones laborales.
La actualidad del Derecho a través de sus protagonistas es un encuentro permanente de expertos del ámbito de las relaciones jurídicas que, a través de sus conocimientos y experiencias profesionales como actores e intérpretes del Derecho, permite proporcionar a nuestros estudiantes de grado y máster, así como a la sociedad en general, una formación complementaria y adicional en las diferentes materias del Derecho a través de ponencias impartidas por expertos y centradas en temas de actualidad.
La principal seña de identidad del Grado en Derecho y Máster en Abogacía Internacional de ISDE es transmitir en el aula y fuera de ella, de forma teórica, pero sobre todo práctica, herramientas jurídicas para que nuestros estudiantes se acerquen al conocimiento del derecho de una forma crítica, constructiva, imaginativa y precisa.
El estudio de la dignidad cobra especial significación, pues la Constitución la erige en pieza fundamental del ordenamiento político y de la paz social (art. 10.2 CE). Desde el rigor, el Magistrado Montoya Melgar trazó una evolución filosófica-jurídica de la dignidad. Así, repasó cómo en la Edad Antigua se admitía la esclavitud como institución jurídica, para después ser declarada incompatible con la sociedad moderna, ya que se quebraba la equivalencia “trabajo-persona”, que hacía de ésta, de modo casi ineludible, un esclavo.
En nuestros días, la dignidad alcanza, como resaltó Montoya Melgar, la consideración de “principio general de nuestro ordenamiento jurídico y sustentador de todos los derechos fundamentales». En la relación laboral, el trabajador tiene reconocido y el empresario ha de respetar “la consideración debida a su dignidad” [art. 4.2 e ET]. La dignidad del trabajador comprende la protección frente a todo tipo de acoso y discriminación frente a la persona del trabajador (art. 17 ET). En consecuencia, concluye Montoya Melgar, “la conducta del empresario que no respete tal dignidad y suponga un actitud vejatoria o depresiva para el trabajador, da derecho a éste a optar entre solicitar la extinción del contrato de trabajo (art. 50.1 ET)), percibiendo una indemnización equivalente a la que correspondería en caso de despido improcedente o solicitar del Juzgado de lo social que anule la decisión lesiva del derecho fundamental y ordene al empresario de abstenerse de tales actos” (Derecho del Trabajo, 40 ªed., Ed. Tecnos, 310).