El pasado día 6 de julio se celebró en la Sede académica del ISDE en Madrid un seminario práctico sobre “Los nuevos requisitos de valoración y documentación de las operaciones vinculadas y precios de transferencia” con la destacada intervención especial de D. José Antonio López-Santacruz Montes, Subdirector General del Impuesto de las Personas Jurídicas de la Dirección general de tributos y una ponencia magistral de D. Julio Bonmatí, Vicepresidente Madrid de AECE (Asociación Profesional de Expertos Contables y Tributarios de España).
https://old.isde.es/wp-content/uploads/2010/07/img_nid_1174_1.pngEl pasado día 6 de julio se celebró en la Sede académica del ISDE en Madrid un seminario práctico sobre “Los nuevos requisitos de valoración y documentación de las operaciones vinculadas y precios de transferencia” con la destacada intervención especial de D. José Antonio López-Santacruz Montes, Subdirector General del Impuesto de las Personas Jurídicas de la Dirección general de tributos y una ponencia magistral de D. Julio Bonmatí, Vicepresidente Madrid de AECE (Asociación Profesional de Expertos Contables y Tributarios de España).
Al concluir el seminario, D. Julio Bonmatí fue entrevistado para la revista Fiscal & Laboral al día.
1.- ¿Cuál es la gran diferencia de los nuevos métodos de valoración respecto a los anteriores?
“En las operaciones vinculadas, la gran diferencia de los nuevos métodos de valoración respecto a los anteriores es que los nuevos métodos son mucho más restrictivos, mucho más complejos de aplicar y mucho más cerrados. Desde el punto de vista de que con que hayan tres métodos principales y dos métodos supletorios, sobre todo los principales, teniendo en cuenta que uno de ellos es el único que se puede aplicar, a efectos de la gran mayoría de cooperaciones cuando estas tienen que ver con operaciones externas, en definitiva, creo que son mucho más restrictivos que los anteriores”.
2.- ¿No cree que los requisitos documentales que se exigen en las operaciones vinculadas y precios de transferencia pueden generar inseguridad jurídica para las empresas?,
“Sin ninguna duda, no pueden generar inseguridad jurídica, generan inseguridad jurídica. Sin ninguna duda es una barbaridad para la situación empresarial, en definitiva, no es que generen inseguridad jurídica, sino que generan inseguridad jurídica y también unos costes reales y costes potenciales por futuras condiciones”.
¿Qué aconseja para minimizar este riesgo?
“En primer lugar, suprimir o sustituir los conceptos jurídicos indeterminados que abundan en demasía. Además, la documentación tal y como está plasmada en la legislación no es lo suficientemente clara y mucho mejor sería, ya puestos, si se quieren minimizar estos costes y estos riesgos que hay, de incurrir en errores y por lo tanto en problemas para las empresas, que directamente nos marcaran unos determinados arcos y holguras de referencias a efectos de dichos precios o de dichos valores”.
3.- ¿Nos puede dar un consejo universal para superar una inspección fiscal con éxito?
“Prevenir antes que curar. O en definitiva, procurar cumplir la legislación fiscal en beneficio de la empresa o en beneficio del sujeto con la mayor exactitud y rigor posible. Todo esto combinado con una buena formación”.